Introducción.
El 12 de marzo, se realizo la publicación de la Norma ISO 45001 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y en consecuencia la abrogación de OHSAS 18001 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, las expectativas de la mayoría de los prevencionistas y/o técnicos en Seguridad y Salud Ocupacional eran mayúsculos. Sin embargo, no se observan cambios significativos ni trascendentales, no obstante es importante mencionar uno de los cambios que merece ser abordado; es el Requisito 5.4 Consulta y Participación de los trabajadores, otorgándole mayor protagonismo a los trabajadores en la participación y toma de decisiones en los que concierne a la Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.
Consulta y Participación de los Trabajadores.
El requisito 5.4 consulta y participación de los trabajadores sostiene que "la organización debe establecer, implementar y mantener procesos para la consulta y la participación de los trabajadores a todos los niveles y funciones aplicables, y cuando existan representantes de los trabajadores, en el desarrollo, la planificación, la implementación, la evaluación y las acciones para la mejora del sistema de la gestión de la seguridad y salud ocupacional en el trabajo". Asimismo, el requisito 5.4 sostiene que la organización debe:"proporcionar los mecanismos, el tiempo, la formación y los recursos necesarios para la consulta y participación, proporcionar el acceso oportuno a la información clara, comprensible y pertinente sobre la gestión de seguridad y salud, determinar y eliminar los obstáculos barreras a la participación y minimizar aquellas que no puedan eliminarse"....
Proceso de Consulta y Participación de los Trabajadores |
En síntesis, el requisito 5.4 de ISO 45001 requiere implicación, compromiso y empoderamiento de los trabajadores en la toma de decisiones que conllevan los proceso de gestión de seguridad y salud ocupacional en la organización. Otro aspecto referente a la participación de los trabajadores es que la organización debe ser abierta, proporcionando la información de forma clara y oportuna a los trabajadores.
Eliminar/minimizar las barreras u obstáculos a la participación de los trabajadores, será una de las tareas que deben ser diligenciadas con prioridad, entre estas barreras comunes en la organización por ejemplo podemos citar: el idioma, la alfabetización, las represalias o amenazas y la penalización de los trabajadores que participan activamente en los procesos de consulta que lleva adelante la organización.
Los Comités de Seguridad y Salud Ocupacional.
En la mayoría de los países la consulta y participación de los trabajadores se lleva adelante desde hace muchos años y se encuentra instituido dentro de un marco legal correspondiente, por lo tanto no es una novedad, más al contrario, se demoro en incluirlo y/o darle la trascendencia que implica.
En Bolivia, la consulta y participación de los trabajadores, se encuentra amparada bajo la Ley General de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar N° 16998 del 2 de agosto del 1979 en su articulo 30/37, en el que se indica la constitución de los Comités Mixtos de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar y reglamentado mediante la Resolución Ministerial 496-04.
Posesión de Comité Mixto por la Autoridad Competente |
Los Comités Mixtos, son organizaciones constituidas paritariamente entre los empleadores y los trabajadores por votación directa en las empresas, con el fin de coadyuvar con los mismos en el cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos ocupacionales.
Desempeño de los Comités de Seguridad y Salud Ocupacional.
En la actualidad los comités mixtos de seguridad y Salud Ocupacional no han tenido el mejor desempeño, en su mayoría son conformados con un enfoque direccionados únicamente hacia el cumplimiento de una exigencia legal, otra de las dificultades que atraviesan los comités mixtos, es que debido a la falta de formación de sus integrantes, redundan en temas de quejas y pedidos (como si fueran sindicatos) en temas que difieren a la Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional en la organización.
Mejor Desempeño / Participación y Consulta |
En este sentido, importante escatimar esfuerzos para que los Comités Mixtos se conviertan en verdaderas organizaciones de consulta y participación de los trabajadores en temas centrales de la Gestión de la Seguridad y Salud Ocupacional en las organizaciones y en consecuencia se conviertan en organizaciones que propongan, apoyen, controlen y en algunos casos ejecuten procesos direccionados a la prevención y control de incidentes y la promoción de la cultura de seguridad en las organizaciones.
Bolivia, Abril del 2018
Ing. Víctor Chamby J. Autor |
Me parece muy importante diferenciar las diferencias en las definiciones que da la norma, referente a consulta y participación, ya que la primera denota búsqueda de opiniones sin obligación de implementar dicha opinión, y la 2da define involucramiento en la toma de decisiones con la obligación de implementar lo surgido con la participación de los trabajadores El para cada inciso da 9 y 7 incisos en donde trabjar específicamente.
ResponderEliminarConsideró que este nuevo punto en la ISO 45001 implica nuevos retos cuando hablamos de actitud y hábitos del trabajador, y el poder encaminar desde un inicio ese cambio será fundamental.
Gracias
En efecto Elvira, todo proceso de decisión involucra inicialmente una consulta para generar un punto de vista de una de las partes interesadas (colaboradores) de la organización, en consecuencia este requisito puede ser conforme mediante los Comités Mixto. Sin embargo como citas requiere un cambio de actitud y comportamiento, proceso que se debe lograr a través de la formación de los integrantes del Comité.
ResponderEliminarGracias por tu participación.
Saludos,
Víctor.